¿QUÉ ES LA CONFEDERACIÓN?
Somos una organización de tercer nivel fundada en 1998, que agrupa y representa a Uniones y Federaciones de cooperativas de actividades diversas (en su gran mayoría de producción y servicios), con presencia actualmente en quince estados de la República Mexicana.
VISIÓN
Ser una Confederación que integre y oriente a las Uniones y Federaciones de cooperativas de producción y servicios ante las dinámicas actuales, y participe en la consolidación de un movimiento cooperativo nacional e internacional, sólido y representativo.
MISIÓN
Representar a las Uniones y Federaciones afiliadas, participando con las demás organizaciones en la integración de un movimiento cooperativo mexicano empresarial y solidario, vinculado al sector social de la economía, fomentando un marco jurídico adecuado y políticas públicas que coadyuven al desarrollo sustentable individual y colectivo.
OBJETIVO ESTRATÉGICO
Consolidar y fortalecer el Movimiento Cooperativo Mexicano, ocupando la Confederación en este proceso un papel de liderazgo, y sirviendo de ejemplo a las demás organizaciones cooperativas nacionales.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Impulsar en las Cooperativas la cultura empresarial, donde se observe la viabilidad, la rentabilidad y la sustentabilidad de cada organización cooperativa.
Desarrollar cadenas productivas y de comercialización para fortalecer el mercado interno cooperativo, por lo que es necesario integrar el directorio de organizaciones y productos cooperativos.
Diseñar, desarrollar e implementar estrategias con entidades afines al cooperativismo.
Desarrollar órganos de comunicación y difusión del cooperativismo.
Impulsar la educación y fomentar la capacitación, desarrollo humano, asistencia y apoyo técnico
ACTIVIDADES DE NUESTROS AGREMIADOS
Agricultura, Pesca, Ganadería, Aahorro y Crédito, Consumo, Consultoría y Asesoría, Minería, Mantenimiento, Artesanias, Construcción, Carga y Transporte de pasajeros, Administración y servicios portuarios, Cine y medios audiovisuales, Producción de cemento.
¿CÓMO FORMAR UNA COOPERATIVA?
- Solicitud de permiso de constitución de sociedad (Artículo 15 de la Ley de Inversión Extranjera) ante la Secretaría de Economía.
- Llevar a cabo una Asamblea Constitutiva en la cual se levante una Acta donde se acuerde la constitución de la Sociedad Cooperativa y se aprueben sus Bases Constitutivas. Deberán anotar los nombres de las personas designadas para ocupar los cargos en los Consejos de Administración, Vigilancia y Comisiones, o en su caso el nombre del Administrador y del Comisionado de Vigilancia, cuando se trate de cooperativas de menos de diez socios.
- Protocolizar ante Notario Público, Corredor Público, Juez de Distrito, Juez de Primera Instancia en la misma materia del fuero común, Presidente Municipal, Secretario, Delegado Municipal o Titular de los Órganos Políticos-Administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la Sociedad Cooperativa tenga su domicilio, el Acta y Bases Constitutivas, ante el cual los socios acreditarán su personalidad y ratificarán su voluntad de constituir la Sociedad Cooperativa y de ser suyas las firmas o huellas digitales que obran en dichos documentos.
- Inscripción del Acta y Bases Constitutivas en el Registro Público de Comercio.
- Tramitar y obtener el R.F.C. en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
¿CÓMO FORMAR UNA UNIÓN O FEDERACIÓN?
- Solicitud de permiso de Constitución de Sociedad (Artículo 15 de la Ley de Inversión Extranjera) ante la Secretaría de Economía.
- Cada cooperativa designará a tres delegados para que la represente ante la Asamblea Constitutiva.
- Llevar a cabo una Asamblea Constitutiva en la cual se levante una Acta donde se acuerde la constitución de la Unión o Federación y se aprueben sus Bases Constitutivas. Deberán anotarse los nombres de las personas designadas para ocupar los cargos en los Consejos de Administración, Vigilancia y Comisiones. Las Federaciones podrán agrupar a Sociedades Cooperativas de la misma rama de actividad económica. Las Uniones a Sociedades Cooperativas de distintas ramas de actividad económica. En ambos casos deberán estar constituidas por lo menos de dos cooperativas.
- Protocolizar ante Notario Público, Corredor Público, Juez de Distrito, Juez de Primera Instancia en la misma materia del fuero común, Presidente Municipal, Secretario, Delegado Municipal o Titular de los Órganos Político-Administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la Sociedad Cooperativa tenga su domicilio, el Acta y Bases Constitutivas, ante el cual los socios acreditarán su personalidad y ratificarán su voluntad de constituir la Unión ó Federación, y de ser suyas las firmas o huellas digitales que obran en dichos documentos.
- Inscripción del Acta y Bases Constitutivas en el Registro Público de Comercio.
- Tramitar y obtener el R.F.C. en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
PRINCIPIOS QUE REGIRÁN LA CONDUCTA DE LAS ORGANIZACIONES AFILIADAS
El Consejo de Administración de la Confederación, de acuerdo a la cláusula 20ª. de sus Bases Constitutivas, pondrá especial atención en que las organizaciones que se hayan afiliado a la Confederación:
- Actúen en la promoción y defensa de la declaración de identidad, de los valores, y principios universales del cooperativismo;
- Se comporten solidariamente en sus relaciones con la Confederación y con las asociaciones afiliadas.
- Se abstengan de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la Confederación;
- Concurran a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias, y ejerciten en ellas invariablemente, el derecho al voto por conducto de sus Delegados debidamente acreditados;
- Acepten cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General, y por los Consejos de Administración y de Vigilancia